30° aniversario de la reforma constitucional de la República Argentina y de la enmienda de la Constitución de la Provincia del Neuquén

Acuerdo de la Sala Laboral del TSJ

El día 13 de marzo, el Tribunal -en pleno- dictó el Acuerdo N° 1 de la Sala Laboral, validando la declaración de inconstitucionalidad de la tasa de interés legal prevista por el inciso 3 del artículo 12 de la Ley de Riesgos de Trabajo (Ley N° 24557) que había declarado la Cámara Provincial de Apelaciones en el caso "Trotelli".

Aunque sostuvo que esa inconstitucionalidad solo se verifica entre las fechas 01/01/22 y 31/03/24, reemplazando la tasa legal en ese periodo -para calcular los intereses moratorios- con la tasa efectiva anual (TEA) para préstamos personales, canal sucursales, para clientes sin paquete, sin capitalizar -sin IVA-; y disponiendo que a partir del 01/04/24 se vuelva a aplicar la tasa legal (TNA BNA).

Acuerdo